Colegio de Periodistas de Honduras

 

COLEGIO DE PERIODISTAS DE HONDURAS SOLICITA MEDIDAS PREVENTIVAS ANTE EL TRIBUNAL SUPERIOR DE CUENTAS PARA COMBATIR EL EJERCICIO ILEGAL DEL PERIODISMO.

 SE SOLICITA APLICACION DE MEDIDAS PREVENTIVAS

 Honorable Tribunal Superior de Cuentas:

 Yo, JUAN RAMON MAIRENA AGUILAR, actuando en representación del Colegio de Periodistas de Honduras, en calidad de Presidente de la Junta Directiva, muy respetuosamente comparezco ante ustedes, presentando solicitud de aplicación de Medidas Preventivas, que impidan la ocurrencia de actos irregulares detectados tanto en Instituciones del Gobierno Central, como en Organismos Descentralizados y Desconcentrados.

 HECHOS:

1. El Colegio de Periodistas de Honduras, tiene información del creciente y alarmante ejercicio ilegal del periodismo, que es alimentado en gran medida por las ganancias que obtienen los usurpadores del periodismo, a través de la contratación de publicidad, especialmente de las partidas presupuestarias del Gobierno de la República.

2.  Que estos actos ilegales, se repiten sin que nadie preste atención, a pesar de los múltiples reclamos del Colegio de Periodistas de Honduras.

3.  Que la sociedad constantemente se queja por los atropellos que estos usurpadores cometen en contra del honor de las personas,  desconociendo que actúan al margen de la ley, encontrando en los medios de comunicación y la publicidad, el instrumento que les facilita obtener dinero, en muchos casos usando el chantaje.

 FUNDAMENTOS DE DERECHO:

La Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas, en el Capítulo 13 establece que los sujetos pasivos aplicarán sistemas de control interno de acuerdo con las normas generales que emita el Tribunal y que además la Auditoria Interna, deberá comprobar que se realicen los controles preventivos que correspondan, y adoptará las medidas preventivas para impedir la consumación de los efectos del acto irregular detectado

 PETICION:

Al Honorable Tribunal Superior de Cuentas pedimos:

Que emita un Acuerdo de Obligatorio cumplimiento de las Auditorías Internas de los Organos del Estado, que contenga los principios de obligatoriedad y medidas preventivas establecidas en los artículos 47 y 51 del Capítulo 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas, de conformidad a las reglas siguientes:

A.   Que para la contratación de publicidad a favor de espacios informativos o de generación de opinión, se exija la presentación del carné de colegiación vigente y solvencia extendida por la Tesorería del CPH

B.   Que a la Declaración Jurada de Ingresos, Activos y Pasivos se le adjunten como de obligatorio cumplimiento, una Constancia de solvencia y carné de afiliación al CPH, cuando se refiera a nombramientos de plazas para periodistas y relacionadores públicos cuyo ejercicio profesional está regulada por la Ley Orgánica de Colegio.- Esta medida preventiva, evitará la comisión del delito de “Usurpación o ejercicio ilegal de Profesión” tipificada en el Art. 293 capitulo IV del Código Penal.

C.   Que el acuerdo se remita a las agencias de publicidad que administren recursos financieros de la Administración Pública para que cumplan con las disposiciones preventivas con carácter obligatorio, como una forma de evitar la evasión a través de subterfugios administrativos.

D.  Que el acuerdo deje en claro, que la violación a las normas establecidas, ocasionará los reparos legales correspondientes.

 Honorables Miembros del Tribunal Superior de Cuentas, el Colegio de Periodistas de Honduras, se compromete a estar vigilante y colaborará en el cumplimento de la resolución que ustedes emitan, haciendo uso de las normativas que establece la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública que pronto se aprobará en el Congreso Nacional

 Tegucigalpa,  Municipio del Distrito Central a los once días del mes de mayo del año dos mil seis.

 Juan Ramón Mairena Aguilar

Presidente

Junta Directiva

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Última modificación: 21 de Septiembre de 2010

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