COMUNICADO

La Junta Directiva del Colegio de Periodistas de Honduras  (C.P.H.), a todos sus afiliados les comunica, que después de un detenido análisis de las condiciones económicas y laborales por la que muchos periodistas atraviesan, y queriendo beneficiar a la gran mayoría con nuestro Sistema de Previsión Social, se ha decidido que a partir del mes de mayo el Sistema operará bajo las Normas de Afiliación siguientes:

La Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Periodista.

CONSIDERANDO:

Que el Sistema de Previsión Social es de carácter profesional y pertenecer a él es un derecho y una obligación para todos los periodistas del colegio de Periodistas de Honduras (C.P.H.)

CONSIDERANDO:

Que para ser miembro del Instituto es requisito ineludible pertenecer al Colegio de Periodistas de Honduras.

CONSIDERANDO:

Que por causas económicas muchos periodistas afiliados al Colegio de Periodistas de Honduras se ven imposibilitados de afiliarse al Sistema de Previsión Social.

POR TANTO RESUELVE:

 

Establecer las normas de afiliación siguientes:

1.

Los periodistas miembros del Colegio de Periodistas de Honduras que se afilien al Instituto con posterioridad a la fecha de afiliación al Colegio (C.P.H.), podrán iniciar su cotización a partir de la fecha de afiliación al Instituto de Previsión Social del Periodista (I.P.P.)

2.

Los afiliados tendrán derecho a pensión por jubilación, calculando su salario promedio, sumando los salarios cotizados del 5 y 10% y dividiendo la suma entre los meses de afiliación.

3.

El reconocimiento de incapacidades laborales, estará directamente relacionadas al hecho, de que el afiliado tenga al día las cotizaciones del 5% y 10% sobre su salario declarado, y a dejar de trabajar o percibir ingresos por una actividad económica durante el período

4.

Los afiliados al Instituto de Previsión del Periodista podrán optar de conformidad a sus aportaciones a los beneficios siguientes:

 

a.

Si mantiene al día las contribuciones del 5% y 10% sobre su salario: a todos los beneficios establecidos en la Ley

 

b.

Si paga su contribución personal del 5% sobre su salario declarado: a los beneficios de Seguro Médico, Seguro de Vida, Préstamos Personales, Comerciales y de Vivienda, este último con un castigo de 2% sobre la tasa general.

 

c.

Si paga las primas de Seguro Médico y Seguro de Vida: únicamente tendrá derecho a estos beneficios.

 

d.

Los mayores de 50 años y menores de 65 que se afilien al Sistema, que paguen el 5% y 10%, gozarán de todos los beneficios con excepción de la pensión por jubilación.

Asimismo se le recuerda, pasar por la Oficina del Colegio de Periodista para arreglar su situación con respecto a las cuotas de colegiación y para asuntos relativos a las Normas de Afiliación del Instituto, les pone a la disposición los Teléfonos 239-2970 Ext. 20 en Tegucigalpa y Teléfono 556-6315 en San Pedro Sula, en los cuales podrán hacer las consultas respectivas, o presentarse a las oficinas y hablar con el señor Daniel López Cálix en Tegucigalpa y la señora Lucila Méndez de Cantarero en San Pedro Sula.

Tegucigalpa, M.D.C., 29 de abril del 2004

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Última modificación: 21 de Septiembre de 2010

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